CUOTA POR TRABAJADOR AÑO 2020: 45 euros
Artículo 36º. Seguro de Vida, Invalidez y Muerte. Las empresas afectadas por este Convenio concertarán a favor de sus trabajadores, para los años 2023 a 2026, ambos incluidos, un Seguro de Vida, Invalidez y Muerte con las siguientes coberturas:
CONTIGENCIA |
COBERTURA |
Por fallecimiento |
11.500,00 € |
Por incapacidad profesional permanente y total o invalidez permanente y absoluta |
14.500,00 € |
Por muerte a causa de accidente de cualquier tipo |
20.500,00 € |
Por incapacidad permanente total o absoluta, únicamente cuando se deriven de accidente de trabajo o enfermedad profesional |
24.000,00 € |
Por muerte, únicamente cuando se derive de enfermedad profesional |
21.000,00 € |
Por muerte, únicamente cuando se deriven de accidente de trabajo. |
31.000,00 € |