Utilizamos cookies propias y de terceros para obtener datos estadísticos de la navegación de nuestros usuarios y mejorar nuestros servicios. Si acepta o continúa navegando, consideramos que acepta su uso. OK | Más información

Seguro Colectivo de Vida Convenio. Obligatorio para todos los trabajadores

CUOTA POR TRABAJADOR AÑO 2020: 45 euros

Artículo 36º. Seguro de Vida, Invalidez y Muerte. Las empresas afectadas por este Convenio concertarán a favor de sus trabajadores, para los años 2023 a 2026, ambos incluidos, un Seguro de Vida, Invalidez y Muerte con las siguientes coberturas:

CONTIGENCIA COBERTURA
Por fallecimiento 11.500,00 €
Por incapacidad profesional permanente y total o invalidez permanente y absoluta 14.500,00 €
Por muerte a causa de accidente de cualquier tipo 20.500,00 €
Por incapacidad permanente total o absoluta, únicamente cuando se deriven de accidente de trabajo o enfermedad profesional 24.000,00 €
Por muerte, únicamente cuando se derive de enfermedad profesional 21.000,00 €
Por muerte, únicamente cuando se deriven de accidente de trabajo. 31.000,00 €

© 2024 FEMEBUR. Todos los derechos reservados. | Aviso Legal | Política de Cookies | Política de Privacidad
Diseño+Desarrollo escrol